Ciudad

Se activa contingencia ambiental en Zona Metropolitana del Valle de México

Se activa la fase 1 de contingencia ambiental por ozono, con el objeto de disminuir la exposición de la población al aire contaminado y el riesgo de afectación a su salud; así como para reducir la generación de contaminantes.

Se informa que a las 15:00 horas del día de hoy, se registró una concentración máxima de ozono de 155 ppb en la estación Gustavo A Madero (GAM), ubicada en la Alcaldía del mismo nombre, Ciudad de México.

Después de las 14:00 horas, la estabilidad atmosférica en la ZMVM se incrementó de manera sustancial, lo que generó condiciones muy adversas para la dispersión de los contaminantes precursores del ozono; la intensa radiación solar que ha prevalecido en el valle impulsó las reacciones de formación de ozono a partir de los contaminantes acumulados, además de que el viento ha persistido con intensidad débil en lo que va del día.

 

 

Se estima que en las siguientes horas continuarán las condiciones meteorológicas que dificultan la dispersión de los contaminantes. 

Mañana miércoles 19 de marzo, deberán suspender su circulación, en horario de las 5:00 a las 22:00 horas: 

  • 1. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2. 
  • 2. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 1, 3, 4, 5, 7 y 9.
  • 3. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 0 y 00, engomado rojo, terminación de placa 3 y 4

 

  • 4. Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o    con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
  • 5. Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea NON.
  • 6.    Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del Edomex.

 

  • 7. Los taxis con holograma de verificación “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos 1), 2), y 3), le aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

 

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Guadalupe Bustamante

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