Se activa la fase 1 de contingencia ambiental por ozono, con el objeto de disminuir la exposición de la población al aire contaminado y el riesgo de afectación a su salud; así como para reducir la generación de contaminantes.
Se informa que a las 15:00 horas del día de hoy, se registró una concentración máxima de ozono de 155 ppb en la estación Gustavo A Madero (GAM), ubicada en la Alcaldía del mismo nombre, Ciudad de México.
Después de las 14:00 horas, la estabilidad atmosférica en la ZMVM se incrementó de manera sustancial, lo que generó condiciones muy adversas para la dispersión de los contaminantes precursores del ozono; la intensa radiación solar que ha prevalecido en el valle impulsó las reacciones de formación de ozono a partir de los contaminantes acumulados, además de que el viento ha persistido con intensidad débil en lo que va del día.
#ComunicadoCAMe | 15:00h
Se activa contingencia ambiental atmosférica por ozono en la ZMVM, debido que en la estación Gustavo A Madero, Ciudad de México, se registró una concentración máxima de ozono de 155 ppb.#ProtegeTuSalud
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Se estima que en las siguientes horas continuarán las condiciones meteorológicas que dificultan la dispersión de los contaminantes.
Mañana miércoles 19 de marzo, deberán suspender su circulación, en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:
- 1. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
- 2. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 1, 3, 4, 5, 7 y 9.
- 3. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 0 y 00, engomado rojo, terminación de placa 3 y 4
🧵Restricción en servicios: pic.twitter.com/YL2pMTbIdM
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- 4. Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
- 5. Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea NON.
- 6. Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del Edomex.
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- 7. Los taxis con holograma de verificación “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos 1), 2), y 3), le aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.