María amparo Casar, analista política, explicó que, de acuerdo con el Pleno de la Corte, anular la transferencia de la Guardia Nacional a la Sedena es por debido a que viola el artículo 21 de la Constitución Mexicana, concretamente porque perdería el carácter de policía civil con el que fue fundada desde un principio. Cuando se volvió oficial la creación de la Guardia Nacional como una autoridad civil, dentro de la Constitución Política Mexicana se estableció su adscripción a la SSPC, por lo que intentar modificarla significa una violación a lo establecido en la ley.
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