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Prisión sin condena: #Entrevista

Francisco Burgoa, constitucionalista y catedrático de la UNAM, en entrevista con José Cárdenas, explicó que la prisión preventiva oficiosa es una figura legal emitida por un juez que permite encarcelar a las personas sin que hayan sido condenadas, siendo una medida cautelar que asegura la presencia del imputado durante su proceso; hay dos tipos de esta figura legal, justificada y oficiosa.

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La justificada es solicitada el ministerio público ante un juez, este decidirá, con base en los medios de prueba y supuestos específicos, si la medida es idónea para el caso concreto. La prisión preventiva oficiosa, la dicta automáticamente el juez, cuando a la persona se le vincule al proceso por alguno de los delitos graves previstos en el artículo 19 de la Constitución.

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Guadalupe Bustamante

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