La SCJN resolvió que es inconstitucional la penalización del aborto voluntario
Los ministros consideraron que penalizarlo viola el derecho a decidir de las mujeres además de derechos humanos al libre desarrollo de la personalidad, no discriminación y acceso a la salud.
El Pleno de la Corte invalidó el artículo 196 del Código Penal de Coahuila que sanciona con uno a tres años de prisión a la mujer que aborte voluntariamente en cualquier momento de la gestación, por lo que seguirán vigentes otros 29 códigos penales estatales que tipifican esta práctica como delito.
La medida aprobada cobra relevancia porque es de aplicación general por tratarse de una acción de inconstitucionalidad y a la reforma judicial.
Sin embargo, el veredicto sentará jurisprudencia por precedente y obligará a todos los jueces penales del País a no procesar a mujeres acusadas por alguna Fiscalía del delito de aborto voluntario.
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