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Publican en DOF nuevo etiquetado nutrimental

El Gobierno federal público hoy el nuevo etiquetado nutrimental en edición vespertina del Diario Oficial de la Federación.

Apoyado por organismos internacionales y organizaciones sociales, pero rechazado por las cámaras empresariales y la industria de los alimentos, el nuevo etiquetado alertará a los consumidores sobre calorías, grasas, azúcares y otros elementos de los alimentos y bebidas no alcohólicas.

La reforma a la Norma Oficial Mexicana entrará en vigor el primero de octubre y contempla varias etapas de implementación hasta abril de 2021 para dar tiempo a las empresas para modificar sus envases.

Entre octubre de 2020 y septiembre de 2025 también deberán ser modificados los criterios para el cálculo y evaluación de la información nutrimental complementaria, mediante un proceso de varias fases que según las empresas tendrá costos que no han sido cuantificados.

Las secretarías de Economía y Salud aprobaron hoy la reforma luego de una reunión por videoconferencia de comités normalizadores de ambas dependencias, en la que fueron inútiles las objeciones de las empresas.

La Concamin ya litigaba un amparo por vicios de procedimiento durante el trámite de la reforma, pero ahora tendrá que impugnar por separado el nuevo contenido de la NOM.

En 2019, la Suprema Corte de Justicia había establecido que el etiquetado vigente contiene suficiente información para orientar a los consumidores y que reducir la obesidad requiere políticas públicas adicionales.

Con la modificación a la NOM-051 de 2010, los productos que excedan los límites establecidos de ingredientes críticos como sodio, calorías, grasas trans, grasas saturadas y azúcares deberán llevar un sello negro de advertencia.

La restricción para usar personajes infantiles, animaciones o dibujos, celebridades o deportistas en las etiquetas de los productos procesados que lleven uno o más sellos de advertencia entrará en vigor a partir del 1 de abril de 2021.

Para el cálculo y evaluación de los valores y perfiles nutrimentales complementarios, que son los que establecen el rango de cuándo un producto deberá de llevar sello, la Secretaría de Economía estableció tres fases progresivas de entrada en vigor.

La primera fase comprende un periodo de tres años y correrá del 1 de octubre de 2020 al 30 de septiembre de 2023, la segunda es por dos años e irá del 1 de octubre de 2023 al 30 de septiembre de 2025. La tercera fase correrá a partir del 1 de octubre de 2025.

«Hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación la modificación a la NOM-051, sobre etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas», tuiteó Alfonso Guati, director general de Normas de la SE.

«Concluye el proceso de normalización. Ahora es tarea de todos: gobierno, consumidores, industria, academia y comercio, trabajar en conjunto en beneficio de México».

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Héctor García

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