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Desechan amparo contra ternas de la CRE

Un juez federal desechó hoy, por notoria improcedencia, la demanda de amparo con la que un grupo de senadores de Oposición buscaba impugnar las ternas para la Comisión Reguladora de Energía (CRE), enviadas por el Presidente Andrés Manuel López Obrador.

Gabriel Regis López, Juez Décimo Sexto de Distrito en Materia Administrativa, notificó hoy el desechamiento del amparo 529/2019, firmado por los senadores de PAN, PRI, PRD y MC.

El desechamiento del amparo era previsible, aunque el juez no ha publicado hasta ahora sus razones.

La demanda puede haber sido negada porque se trata de actos consumados, dado que el Senado ya rechazó, por segunda vez, las ternas que envió el Ejecutivo, quien a su vez procedió a designar directamente a los cuatro nuevos comisionados de la CRE.

La otra posibilidad es que el juez reiteró la postura tradicional del Poder Judicial Federal, en el sentido de que no puede intervenir, por vía del juicio de amparo, en un procedimiento de nombramiento que es de la competencia exclusiva de los otros Poderes de la Unión.

Los senadores inconformes tienen 10 días hábiles para impugnar el desechamiento del amparo, mediante recurso de queja ante un tribunal colegiado de circuito, que tomará varios meses para resolver.

En el amparo se alega que el Ejecutivo burló la Ley de Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética, que le ordena enviar una «nueva» terna en caso de que el Senado rechace la primera.

Lo anterior porque López Obrador volvió a nominar a 11 de los 12 integrantes de las primeras ternas, con lo que forzó el rechazo y quedó a cargo del nombramiento directo de los cuatro comisionados, que tendrán mayoría en el Pleno de siete que toma las decisiones en la CRE.

El caso de la CRE ejemplifica las dificultades que tendrá la Oposición en el Congreso para impugnar actos administrativos del Ejecutivo que le parezcan contrarios a la Constitución o a las leyes secundarias.

La controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia sería el recurso con el que se podrían litigar estos asuntos, pero para presentarla, se requiere aprobación de la mayoría de senadores o diputados, por lo que estos juicios no podrán promoverse si Morena no lo permite.

La acción de inconstitucionalidad ante el máximo tribunal, que sí pueden presentar las minorías legislativas, sólo está permitida para impugnar leyes aprobadas por el propio Congreso.

Fuente: Reforma

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Aletia Molina

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