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Argumentan «Problemas psicológicos» para evadir homicidio culposo agravado

 

La jueza Gloria Hernández Franco vinculó a proceso a un imputado por el delito de homicidio culposo agravado por un hecho de tránsito ocurrido el 31 de marzo sobre Paseo de la Reforma, en el que murieron cuatro personas.

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México informó que en continuación de la audiencia inicial el agente del Ministerio Público solicitó a la Juez de Control vincular a proceso al imputado ofreciendo diversos datos de prueba.

Indicó que a juicio del Ministerio Público esos datos de prueba indican la probable responsabilidad del hecho de que se le acusa a Carlos Salomón Villuendas Adame, entre otros las entrevistas de los policías de la Secretaría de Seguridad Pública que acudieron al lugar de los hechos.
Asimismo las entrevistas de los testigos de identidad de las cuatro víctimas directas; opiniones técnicas en materia forense, de hechos de tránsito terrestre y fotografías; protocolos de necropsia de ley y certificados de estado psicofísico del imputado, entre otros.

En una audiencia que se prolongó poco más de siete horas y en la que se decretaron dos recesos se registró un amplio debate entre la defensa del imputado, el agente del Ministerio Público y los asesores jurídicos de las víctimas indirectas, es decir los familiares de los fallecidos.

El debate se centró, al inicio de la audiencia, sobre la idoneidad y pertinencia de los datos de prueba que pretendía introducir la defensa privada, y que se centraban en el estado psicológico, psiquiátrico y físico del imputado.
Ello fue rebatido por el Ministerio Público y los asesores jurídicos de las víctimas indirectas, bajo el argumento de que no eran oportunas en la etapa procesal de vinculación a proceso.

Más tarde, en otra parte del debate, la defensa privada del imputado solicitó que a su cliente se le vinculara a proceso pero sólo por el delito de homicidio culposo sin agravante.

Lo anterior derivado de argumentaciones y contraargumentaciones relativas a si el imputado estaba o no en estado embriaguez, según los datos de prueba ofrecidos en la audiencia.

Luego de dirigir el amplio debate y argumentaciones de las partes en el proceso, la juez Hernández Franco determinó vincular a proceso al imputado CSVA por el delito de homicidio culposo agravado en contra de cuatro personas, dos hombres y dos mujeres.

Asimismo determinó un periodo de dos meses para la conclusión de la investigación complementaria.

Por otra parte quedó vigente la medida cautelar de prisión preventiva justificada en contra de CSVA.

La juez resolvió así la situación jurídica de CSVA en el término constitucional de 144 horas, luego de que en audiencia inicial celebrada el 2 de abril el imputado, asesorado por su defensa privada, así lo solicitó.

En esa fecha, el Ministerio Público imputó el delito a CSVA, a quien acusó de ser el conductor y responsable del homicidio culposo agravado, que habría cometido en estado de embriaguez, en contra de cuatro personas que iban a bordo de un automóvil BMW 650I blanco, placas C33AJS.

Este vehículo se habría impactado a una velocidad no menor de 120 kilómetros por hora contra la guarnición y un poste en las inmediaciones de Paseo de la Reforma y Lieja, en la colonia Juárez.

Fuente: 24 Horas

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Héctor García

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  • Cual sería la diferencia si el presunto casi culpable iba en estado de ebriedad o sobrio. El caso que por las razones que esgriman los defensores quienes defienden lo indefendible, el sujeto es culpable y debe de pagar los delitos ocacionados, así como en todo lo que se le vincule. Que gana 1,000.00 como salario, es una desfachatez de este tipo. Vaya con su desvergüenza.

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