La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió que se aplace el dictado de la resolución de aquellos amparos en revisión que aborden la temática relativa a la reparación del daño a personas que han sido víctimas de violaciones a derechos humanos.
En específico se refirió a los amparos que sean del conocimiento de los Tribunales Colegiados de Circuito, y si de ello, debe hacerse con cargo al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral previsto en la Ley General de Víctimas.
El término también se extiende si la acción corresponde en exclusiva o no a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas hacer la cuantificación del daño respectiva, así lo detalló el pleno en el acuerdo general 9/2016, según se dio a conocer este lunes en el Diario Oficial de la Federación.
La Constitución faculta a la Suprema Corte a expedir acuerdos generales para remitirlos a los Tribunales Colegiados de Circuito, para dar celeridad al despacho de los asuntos en los que hubiere establecido jurisprudencia o los que determine para una mejor impartición de justicia.
Fuente: Excélsior
Desde su inicio el 5 de febrero de 2025, la Operación Frontera Norte ha permitido…
El expresidente de Estados Unidos, Donald Trump, anunció que impondrá un arancel del 25% a…
El rancho Izaguirre, ubicado en Teuchitlán, Jalisco, fue identificado como un centro de entrenamiento del…
José Buendía Hegewisch El mayor “talón de Aquiles” de Teuchitlán para la Presidencia…
La inflación en México se desaceleró en la primera quincena de marzo de 2025, ubicándose…
El primer ministro canadiense, Mark Carney, solicitó a la gobernadora general del país y que ejerce las…