Se establece como fundamental para la democracia, la libre manifestación de las ideas y el derecho a estar debidamente informados.
En el artículo 6 y 7 de la Constitución quedan garantizada la libertad fundamental de expresión de las ideas en los siguientes términos:
Artículo 6º: La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de terceros, provoque algún delito o perturbe el orden público; el derecho a la información será garantizado por el Estado.
Artículo 7º: Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia. Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni exigir a los autores o impresores, ni coartar la libertad de imprenta, que no tiene más límites que el respeto a la vida privada, a la moral y a la paz pública, en ningún caso podrá secuestrarse la imprenta como instrumento del delito.
En 1993 la Asamblea General de las Naciones Unidas a iniciativa de los países miembros de la Unesco, proclamó el 3 de mayo como el Día Mundial de la Libertad de Prensa, con la idea de «fomentar la libertad de prensa en el mundo al reconocer que una prensa libre, pluralista e independiente es un componente esencial de toda sociedad democrática».
Fuente: Noticieros Televisa
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