La resolución 728/2016 señala que el funcionario local podrá hacer uso de las redes igual que hace la ciudadanía en general y no como medio de comunicación oficial para abordar asuntos que competen al ámbito de gobierno.
El documento precisa que la medida se toma a fin de evitar cualquier tipo de intervención e incidencia en el proceso electoral que se desarrolla en la capital del país.
La suspensión definitiva no lo exime de cumplir con las normas legales aplicables ni de acatar las prohibiciones contenidas en distintos ordenamientos legales, además de que no ampara la violación o infracción a diversas disposiciones legales en materia electoral, ni ninguna otra de diversa naturaleza.
“Dicha medida cautelar no es concedida con respecto de otros actos que sean violatorios de diversas normas legales, o de actos realizados con posterioridad a la presentación de la demanda, y que constituyan cuestiones no planteadas en la misma”, establece el texto.
Fuente: La Razón
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