El Juzgado Tercero de Distrito de Procesos Penales Federales en la Ciudad de México dio a conocer que, en el procedimiento de extradición 3/2001, que emitió la opinión jurídica a que se refiere el artículo 27 de la Ley de Extradición Internacional, en la que se consideró procedente la extradición internacional Joaquín Guzmán Loera, alias “El Chapo” quien es requerido por el gobierno de los Estados Unidos a través de su embajada en México.
Y es que el órgano jurisdiccional aclara, que por estar sujeto al Cuarto Proceso Superveniente CR 95-0973-B (también referido con los números de causa 95-973-B, 95-0973-B y 95-1911M), ante la Corte Federal de Distrito para el Distrito Sur de California, Estados Unidos, por el cargo de asociación delictuosa para importar y poseer con la intención de distribuir cocaína, se considera que se han cumplido los requisitos establecidos en el Tratado de Extradición celebrado entre los México y Estados Unidos.
Fuente: MVS
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