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SCJN «no ordenó circulación indiscriminada de autos»

por Gema Hernández
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contingencia ambiental

La Suprema Corte de Justicia de la Nación rechazó que la resolución dictada en julio del 2015 para que los hologramas de verificación vehicular se otorguen conforme al número de emisiones que emite un vehículo y no derivado de su antigüedad, sea una de las causas para la contingencia ambiental que vive la Zona Metropolitana del Valle de México desde hace 48 horas.

A través de un comunicado, la SCJN advierte que la sentencia dictada por una de las Salas  “no tuvo como finalidad” ni tampoco tiene el alcance para permitir la circulación ilimitada de automotores, por lo que defendió el fallo que se dictó en protección al principio de igualdad que rigen el Estado de Derecho

La Suprema Corte agrega que la determinación tomada por los ministros solamente facultó a los Jueces de Distrito para otorgar una suspensión a los interesados en tramitar un amparo en contra de las normas de verificación vigentes, con el propósito de que los automovilistas quejosos “obtuvieran un holograma que les permitiera circular todos los días, al igual que aquellos que sí están autorizados a recibirlo”.

En este sentido, la SCJN recordó que los fallos de amparo sólo tienen efectos para el interesado, por lo que se trata de una resolución judicial que solamente beneficiaba a quienes tramitaron un juicio de amparo y no a toda la población.

Fuente: El Universal 

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