Determinan que el recurso no satisface el requisito judicial; estipulan que el decreto no constituye un acto de violación al estado de derecho.
El Juzgado Segundo de Distrito en el estado negó la suspensión provisional al amparo 1138/2015, promovido por un grupo de profesores de la Sección 22 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), en contra del decreto de las modificaciones administrativas del Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO), expedido el 20 de julio, por el gobernador Gabino Cué.
La negativa del recurso se sustenta en que no satisface el requisito judicial, “toda vez que el decreto, no constituye un acto de violación al estado de derecho, al considerar que no contraviene el interés social y orden público de la entidad”.
Este resolutivo del Poder Judicial Federal en la entidad fue promovido por un segundo grupo de integrantes de la gremial, y deja sin efecto el juicio de amparo interpuesto por Celso García Reyes, asentado en el expediente 1138/2015.
La primera negación fue otorgada el pasado 11 de agostopor el Juzgado Octavo de distrito, a través del recurso 1093/2015.
Fuente: Excélsior
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